El artículo 123 Constitucional establece normas que regulan el procedimiento laboral ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje y Los Tribunales Burocráticos, estas normas plantean derechos en materia de estabilidad en el empleo, vacaciones, salario mínimo, aguinaldo y las condiciones laborales en general. También crea el procedimiento de huelga entre otras garantías fundamentales para los trabajadores.
Las principales aportaciones de esta disposición es que todas personas tienen derecho al trabajo digno y util, con el cual podrá garantizar su salario para satisfacer sus necesidades y a su vez ser útil para la sociedad.
Se especifica que la jornada del trabajador no excederá las 8 horas diurnas o 7 horas nocturnas, los menores de edad no deberán trabajar después de las 10 de la noche y en cuanto a las mujeres durante el embarazo no realizaran trabajos que exijan esfuerzo y peligro para su salud. Se sostiene que el salario deberá pagarse en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancías ni con vales.
El patrón estará obligado a observar los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones del establecimiento como también serán responsables de los accidentes de trabajo y enfermedades de los trabajadores por el trabajo que se ejecute."
Resumen extraído de:(https://definicionlegal.blogspot.com/2015/02/articulo-123-constitucional.html)
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